Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú                                             Construyendo Perú ya es Parte de Crecer
  

 

 

 

 

 

   

Algunas consideraciones:

  1. Es un código de 20 dígitos que genera cualquier tipo de cuenta ya sea de ahorros, corriente, plazo, etc. que para nuestro caso debe ser en Moneda Nacional.
  2. El CCI puede corresponder a cuentas de:
    1. Personas Naturales: Cualquier entidad del sistema financiero nacional, excepto el Banco de la Nación.
    2. Personas Jurídicas: Cualquier entidad del sistema financiero nacional sin excepción.
  3. A fin de que el CCI sea autorizado por la Dirección Nacional de Tesoro Público (DNTP) a través de la plataforma que usamos: Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF, el proveedor debe asociar su cuenta al RUC.
  4. Por lo general, el SIAF no autoriza el CCI por lo siguiente:
    1. Cuando la cuenta ya está cerrada o cancelada. En este caso el proveedor debe solicitar la apertura de una nueva cuenta.
    1. Cuando la cuenta corresponde a moneda extranjera. En este supuesto el proveedor debe proporcionarnos el CCI de una cuenta en Moneda Nacional.
    1. Cuando la cuenta no está asociada al RUC. En estos casos, el proveedor debe solicitar una actualización de datos (dar su RUC y solicitar la asociación a su cuenta) en su entidad financiera.

Es importante que nos proporcionen un CCI que el SIAF apruebe y asi poder gestionar sus pagos aportunamente.


 

 

 

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